lunes, 17 de noviembre de 2008

ARBITRAJE

Modificación a las reglas de competición y los criterios de su aplicación(Vigente a partir del 01 de enero de 2009)
LOS KUMIKATAS
1. ESTRICTA APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS USADOS PARA EVALUAR LOS KUMIKATAS (AGARRES):
Durante la reunión de la Comisión de Arbitraje realizada en el año 2001 en Budapest, Hungría la comisión de arbitraje definió los criterios a seguir sobre los agarres, para ese momento publicamos en este mismo web site, la información teórica que le mostraría a los árbitros los aspectos importantes sobre los kumikatas de forma tal de servir de guía para su identificación y valoración. Nuevamente se hace hincapiés en retomar estos aspectos del judo negativo que deslucen los combates rompiendo con el dinamismo del judo competitivo.
Por lo general, las acciones defensivas en las cuales se usan los kumikatas, están acompañadas de actitudes y posturas corporales negativas, que deben ser identificadas claramente por el arbitro y los jueces y que se caracterizan porque quien la ejecuta evita ser atacado y también atacar.
Con respecto a los agarres, es importante indicar que hay tres tipos de agarres, de forma general y como una guía, los agarres será clasificados en prohibidos, normales y reglamentados.
Agarres prohibidos
: como su nombre lo indica son aquellos que no se pueden realizar como es el caso de los agarres “Tipo Pistola”, Agarrar dentro de la boca manga del oponente y el agarre en el borde externo del oponente hacia adentro. Su penalidad es “SHIDO”.
Agarres Reglamentados: son aquellos que solo se podrán utilizar durante un tiempo de 3 a 5 segundos solo dos veces como máximo sin producir un ataque, tomando como línea de acción la división del cuerpo en dos mitades, donde los agarres se realizaran a ambos lados del cuerpo del competidor, de forma tal que todo agarre que se produzca de un solo lado del competidor será considerado como un agarre no normal y en consecuencia el competidor que lo hace deberá atacar en un lapso de tiempo comprendido entre 3 a 5 segundo, transcurrido este tiempo si producirse un ataque deberá ser amonestado con “SHIDO”. El árbitro debe entender claramente que estos agarres no están prohibidos, pero están supeditados a los ataques de quien los realiza.
Agarres normales: Son aquellos donde el /los competidor (es) toman el judogi de su oponente a ambos lados del cuerpo.
Las actuales reglas establecen en la sección dedicada a las penalizaciones de shido por Kumikatas lo siguiente numerales:
SHIDO (Grupo de faltas leves)
(a) Shido se dará a cualquier competidor que ha cometido una falta leve:
1) Evitar intencionadamente el Kumikata a fin de impedir la acción en el combate.
5) En posición de pie, agarrar continuamente la bocamanga(s) del adversario con propósito defensivo (Generalmente más de 5 segundos) o agarrar su manga en “torniquete”.
6) En posición de pie, mantener entrelazados continuamente los dedos de una o ambas manos de su adversario, a fin de impedir la acción en el combate. (Generalmente más de 5 segundos).
9) Introducir un dedo o dedos dentro de la manga del adversario o en los bajos de su pantalón.
Artículo 27 - Actos Prohibidos y penalizaciones (continuación)
SHIDO (Grupo de faltas leves)
10) En posición de pie, aplicar cualquier otro agarre que no sea el “normal”, sin atacar. (Generalmente más de 5 segundos).
12) Agarrar la parte frontal de la bocamanga del oponente entre el pulgar y los cuatro dedos conocido por “agarre de pistola”.
13) Agarrar la bocamanga del oponente doblando el borde hacia dentro.“Agarre de bolsillo”
23) Retorcer el/los dedo(s) del adversario a fin de romper su agarre.
APÉNDICE Artículo 27 -Actos Prohibidos y penalizaciones (continuación)
10) El Kumikata “normal” es agarrar con la mano izquierda el lado derecho de su oponente por la manga, solapa, zona pectoral, por encima del hombro derecho o espalda y con la mano derecha la parte izquierda de su oponente por la manga, solapa, zona pectoral, por encima del hombro izquierdo o espalda por encima del cinturón.
Un competidor no debería ser penalizado por aplicar un agarre anormal si la situación ha sido provocada por su adversario agachando su cabeza por debajo del brazo del que le agarra. Sin embargo, si un competidor está continuamente “agachando” su cabeza de esta forma, el ÁRBITRO deberá tomar en consideración el que esté adoptando una “excesiva postura defensiva” (2).
Si un competidor continúa agarrando con Kumikata anormal, el tiempo permitido se reducirá progresivamente, incluso hasta “sanción directa” de Shido.
Enganchar una pierna entre las piernas de su adversario a menos que simultáneamente intente una técnica de proyección, no se considera un Kumikata normal por lo que el competidor debe atacar dentro de los 5 segundos o será penalizado con “Shido”.
Se le solicita a los árbitros la aplicación estricta de los numerales tipificados en las reglas, haciéndose énfasis en algunas situaciones que se aprecian en muchos combates y en las cuales no se están aplicando las reglas, permitiéndose que los competidores no combatan. En todas estas acciones que tiene que ver con el bloqueo del oponente usando los agarres normales, el arbitro deberá evaluar siempre además de la acción, la intención del competidor que usa su agarre para impedir el ataque de su oponente, la actitud negativa del competidor se aprecia claramente cuando su intención después de tener el agarre, es bloquear a su oponente sin realizar ningún ataque.
ArbitrajeUnión Panamericana de Judo